Política

Senador Flores destaca nueva ley que beneficia a servicios sanitarios rurales con exención del IVA

Por Sebastián Ampuero - Senador Flores / 10 de junio de 2023 | 13:57
Crédito foto: cedida.
Más de 2.300 comités y cooperativas de agua potable rural se beneficiarán con esta ley aprobada por el Congreso.
Atención: esta noticia fue publicada hace más de un año

Como una muy buena noticia para el sector rural en Chile calificó el senador DC, Iván Flores, presidente de la comisión de Agricultura del Senado, la aprobación y despachó para promulgación de la iniciativa que beneficia a tres millones de usuarios de comités de agua potable rural, sumando cooperativas, quedando, por ley, exentos del pago de IVA.

Según lo explicado por el senador, si bien estos servicios sanitarios rurales no pagaban impuestos, esto dejó de ocurrir a partir del 2011, cuando fueron gravados. Y, aunque hubo una reinterpretación del Servicio de Impuestos Internos que los dejaba exentos, “era necesario dejarlo claro por ley para entregar certezas a estos más de 2.300 servicios sanitarios”.

“Esta ley recoge la opinión de la gran cantidad de comités y cooperativas que venían manifestando su preocupación por el alto impacto económico que significa pagar este impuesto. Por eso, esta exención será sin duda un alivio, pero para ello es necesario que los comités se inscriban en el registro de los APR”.

La ley establece que los operadores de los servicios sanitarios rurales que presten servicios a sus asociados, cooperados o socios, no se encontrarán gravados con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Para estos efectos, los nuevos operadores deberán encontrarse inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales al último día del mes anterior en que comience a prestar los servicios señalados.

A aquellos operadores que ya se encuentren prestando dichos servicios se les aplicará este tratamiento tributario desde el mes siguiente a aquél en que se incorporen al Registro.

Tampoco se encontrarán gravados con IVA los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que estos respondan exclusivamente a garantizar la continuidad del servicio.


 

Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.
¿Encontraste un error en la noticia?