Pescadores artesanales podrán extraer de forma excepcional, remanentes de las cuotas pesqueras no capturadas durante el 2021 para cinco especies marinas. Ello, tras la aprobación y despacho para ley del proyecto que así lo autoriza, informo el diputado Bernardo Berger.
El parlamentario e integrante de la comisión permanente de Pesca y Acuicultura de la Cámara Baja indicó que la iniciativa modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura. Particularmente para autorizar de forma excepcional hacer uso de los remanentes no extraídos de cuotas anuales de captura durante el año 2021.
“Las complicaciones de la pandemia hicieron difícil la actividad de la pesca artesanal, lo que en la práctica se tradujo que los pescadores no pudieron sacar los volúmenes que tenían asignados en dicho periodo”, explicó.
Añadió que “hemos revisado y consultado los estudios de biomasa, y todos ellos avalan la sustentabilidad del recurso, por lo que es posible en el caso de cinco especies, permitir que de forma acotada, los artesanales puedan extraer este año ese resto no capturado el 2021”.
La norma aprobada considera a la sardina común y austral, y a la anchoveta, las que quedarán abiertas para las regiones de Atacama, Coquimbo, y desde Valparaíso a Los Lagos.
El segundo grupo afecta a la merluza común y a la austral. Los remanentes de cuota podrán utilizarse entre las regiones de Coquimbo a Los Lagos.
Para lo anterior, las actividades pesqueras deberán desarrollarse dentro de los 90 días de captura siguientes al inicio de las temporadas respectivas de 2022. Si las temporadas antes indicadas tuvieran inicio con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, el plazo se contará desde su publicación en el Diario Oficial.
Además, se indica que respecto del mencionando remanente no serán procedentes las cesiones reguladas en la Ley de Pesca. Si existe remanente, las capturas efectuadas se imputarán automáticamente por el Sernapesca. Solo una vez consumido o vencido el plazo anterior para su captura, se imputarán al año calendario en curso.
Dichas reglas serán igualmente aplicables en los casos en que la fracción artesanal de la cuota global se encuentre sometida al Régimen Artesanal de Extracción.
En todo caso, el remanente no consumido a extraer no podrá superar el 30% de la cuota anual fijada para el año 2021.
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