Política

Berger (RN) apoyó iniciativa que entrega mayores atribuciones a los afiliados de Isapres en el uso de sus excedentes

Por Prensa Los Ríos / 20 de junio de 2018
En su segundo trámite constitucional:
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La necesidad de otorgar las herramientas necesarias y los beneficios a los cotizantes de las Instituciones de Salud Previsional (Isapres), manifestó el diputado, Bernardo Berger (RN), respecto al proyecto que entrega mayores atribuciones a los afiliados en el uso de sus excedentes.

La iniciativa que fue aprobada en este martes en sala por unanimidad, modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, en materia de consulta, administración y uso, por parte del afiliado, de los excedentes de cotización de Isapres.

“Es del todo natural que si los ahorros son de los cotizantes, también éstos tengan el derecho a elegir qué hacer con esos excedentes. Es un giro que devuelve un derecho que resulta natural y legitimo que el propietario de su dinero haga lo que estime conveniente”, señaló.

Berger manifestó que “es necesario entregar la autonomía suficiente con el acceso para tener conocimiento y verificar los excedentes que mantiene cada afiliado, respecto a los aportes por concepto de cotizaciones de salud, para optar en libertad y determinar el uso, sin restricción alguna por parte de las Isapres”.

En su segundo trámite constitucional, el proyecto establece en su artículo único, que cada institución de salud previsional deberá habilitar un sistema en línea que permita a los afiliados verificar sus excedentes y determinar su uso y destino libremente entre todas las alternativas descritas en la ley. Cada usuario podrá optar libremente por el prestador en el cual hacer uso de sus excedentes, sin que la Isapre pueda limitar o restringir esa decisión.

Por último la iniciativa se indica que las Isapres que no tengan establecido un sistema en línea para el uso de excedentes de sus afiliados y/o teniéndolo, este sea restringido para ciertos prestadores, deberán ajustarse a la norma, dentro del plazo de seis meses desde la entrada en vigencia de esta ley.

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